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Por : Javier Ávila Mahecha
Economista de la Universidad Nacional de Colombia
Especialista en temas de Hacienda Pública
En una propiedad multifamiliar integrada por 5 apartamentos se acordó inicialmente que cada familia debía aportar $20 para financiar los gastos comunales del edificio que ascienden a $100. Sin embargo, la familia que habita el primer piso es muy numerosa y sus recursos apenas cubren sus necesidades esenciales. Considerando la baja capacidad de pago de esta familia, los otros vecinos decidieron asumir los gastos de administración, de manera que la cuota para ellos se elevó a $25.
Por otra parte, tomando en cuenta la meritoria labor realizada por la familia del segundo piso, que adelanta actividades de convivencia, embellecimiento, cultura y recreación, consideradas de gran beneficio para la comunidad, los vecinos aprobaron mediante una nueva concertación su exoneración de la cuota de administración. Consecuentemente, las tres familias restantes debieron realizar un pago por $33.
Con el tiempo, se ha observado que la familia del tercer piso ha evadido o eludido el pago de sus cuotas de administración y para financiar los gastos del edificio las dos familias restantes han tenido que aportar $50 cada una de ellas.
Una nueva familia interesada en comprar uno de los apartamentos quiere conocer cuál es el valor de la cuota de administración y se sorprende ante las respuestas que ha encontrado. Los vecinos de los pisos 4 y 5 afirman que en la práctica la cuota es de $50, mientras que el administrador manifiesta que en promedio es de $20.
¿Quién tiene la razón?
Es verdad que en promedio cada familia paga $20, pero este indicador no logra mostrar que varias familias no aportan y otras pagan cuotas elevadas. Por otra parte, cuando los vecinos de los pisos 4 y 5 afirman que la cuota es de $50, se debe precisar que no todas las familias pagan ese valor y que algunos vecinos no aportan, bien sea por su difícil situación económica, porque accedieron a privilegios o porque evaden su responsabilidad con la copropiedad.
Escenarios para el pago de cuotas de administración en una copropiedad
Edificio | Esc.1 | Esc.2 | Esc.3 | Esc.4 |
Piso 5 | 20 | 25 | 33 | 50 |
Piso 4 | 20 | 25 | 33 | 50 |
Piso 3 | 20 | 25 | 33 | 0 |
Piso 2 | 20 | 25 | 0 | 0 |
Piso 1 | 20 | 0 | 0 | 0 |
Total | 100 | 100 | 100 | 100 |
Una situación similar se presenta cuando se indaga por la tarifa de impuestos que recae sobre las utilidades empresariales en Colombia, como consecuencia de un sistema impositivo complejo, con altas tarifas nominales, elevadas tasas de evasión, proliferación de privilegios tributarios y existencia de regímenes excepcionales.
Empleando diferentes perspectivas metodológicas, varios estudios han intentado durante los últimos años estimar la tarifa tributaria que soportan las empresas en Colombia. Los resultados son disímiles y se agrupan en torno a dos extremos. Algunas de esas investigaciones estimaron una tarifa promedio en torno al 61%, mientras que otras consideran que la tarifa promedio es del 20%.
Tributación sobre las utilidades empresariales en Colombia
Porcentajes de utilidades
Grupo 1 | Grupo 2 | ||||
Título del documento | Entidades | Tarifa% | Título del documento | Entidades | Tarifa% |
¿Cuánto pagan en impuestos las empresas en Colombia? | ANDI 2014 | 68,1 | Carga tributaria sobre ingresos laborales y de capital | U. Nacional y DIAN 2016 | 21,6 |
Reforma tributaria y su impacto sobre la tasa efectiva de tributación | FEDESAROLLO2014 | 56,0 | Tasas efectivas del impuesto de renta | U. Nacional 2017 | 17,3 |
Tarifas efectivas promedio de Personas Jurídicas | DIAN 2015 | 61 | ¿Cuánto tributan efectivamente consumo, trabajo y capital? | Banco de la República 2018 | 21,4 |
Tarifa efectiva de tributación corporativa | ANIF 2017 | 55,8 |
| ||
Informe doing Business | Banco Mundial 2017 | 69,7 | |||
Promedio simple entidades | 60,7 | Promedio simple entidades | 20,1 |
El Informe Doing Business del Banco Mundial (2017) plantea que la tarifa que afecta las utilidades empresariales en Colombia es del 69,7% sin destacar suficientemente que tal resultado es fundamentalmente la suma de tarifas nominales o estatutarias, que no toman en cuenta los múltiples beneficios tributarios que existen en la legislación, como tampoco las tasas de evasión que reducen la carga tributaria efectiva y que, posiblemente, muy pocas empresas en la práctica soporten tan elevada carga impositiva.
Del otro lado, el documento elaborado por el Banco de la República (2018) estima que la tarifa efectiva que recae sobre el capital es del 21,4%, resultado que es metodológicamente correcto y aplicable para el promedio de las rentas de capital. No obstante, esta tarifa efectiva no puede interpretarse como si fuera una tasa similar para todo el capital. Ese promedio incluye casos extremos que van desde la informalidad sin pago de impuestos hasta empresas que soportan elevadas tarifas.
Utilizar cualquiera de los dos extremos aportados por estas investigaciones sin las precisiones pertinentes, lleva a que el debate tributario se torne confuso e impreciso. Desde una orilla se afirmará que en Colombia las empresas están sometidas a tarifas muy altas que desincentivan la inversión y deterioran la competitividad de la economía nacional. Desde la otra, podría postularse que las empresas contribuyen poco a la financiación del Estado en términos relativos.
Más que discutir cuál es exactamente la tarifa efectiva o las diferencias metodológicas entre las investigaciones que abordan esta cuestión, resulta crucial subrayar que las significativas diferencias en los resultados se explican por la informalidad, los privilegios tributarios otorgados a algunas actividades económicas y las elevadas tasas de evasión. Un desmonte de los privilegios tributarios injustificables y una efectiva lucha contra la evasión permitirían disminuir las altas tarifas estatutarias y de paso reducir parte de los obstáculos hacia la formalización empresarial. En tal escenario se reduciría la gran inequidad horizontal que caracteriza el sistema tributario colombiano y las estimaciones de la carga tributaria empresarial tenderían a confluir alrededor de un valor similar.