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09 de Mayo de 2013

Precisiones del CTCP sobre el costo de compra de una mercancía importada como variable en la clasificación de una empresa en el grupo 1

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública ante una consulta sobre si el valor que se debe tomar para determinar el valor de las importaciones a efectos de ubicar una empresa en el grupo 1 de aplicación de las NIF es el valor FOB, CIF o puesto en planta, señaló que se deberá tomar el costo de la compra según lo definido en la NIC 2.11 para afectos de validar su clasificación en dicho grupo.

 

Tomado de: www.legismovil.com

 

Descargue aquí el concepto del CTCP al respecto.


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